Glosario de Terminos Bursatiles
Calidad
Crediticia:
Grado de
capacidad y
oportunidad
de pago del
emisor a sus
inversionistas.
Bajo el
rubro de
"calidad
crediticia",
las
calificadoras
de valores
evalúan la
experiencia
e historial
de la
administración
de una
sociedad de
inversión;
sus
políticas
operativas,
controles
internos y
toma de
riesgos; la
congruencia
de la
cartera con
respecto al
prospecto,
así como la
calidad de
los activos
que componen
la sociedad
de
inversión.
Calificadoras
de valores:
Instituciones
independientes
que
dictaminan
las
emisiones de
instrumentos
representativos
de deuda y a
las empresas
emisoras de
valores,
para
establecer
el grado de
riesgo que
dicho
instrumento
representa
para el
inversionista.
Evalúan la
certeza de
pago
oportuno del
principal e
intereses
por parte de
la emisora y
constatan su
existencia
legal, a la
vez que
ponderan su
situación
financiera.
Cámara de
Compensación:
Organismo
que en los
mercados
financieros
ejerce la
función de
garante de
todas las
transacciones.
La cámara se
sitúa de eje
de la
transacción
convirtiéndose
en comprador
frente al
vendedor y
en vendedor
frente al
comprador.
Canasta
Accionaria:
Conjunto de
acciones de
diferentes
series y
emisoras que
constituye
una unidad
de
referencia
para la
emisión de
contratos de
derivados.
Canje:
Constituye
el cambio
físico de un
título en
circulación,
por otro;
las razones
que lo
originan
pueden ser:
por
terminación
de cupones,
un
split,
un reverse-split,
cambio de
razón social
de la
emisora,
fusión de la
emisora o
escisión de
la emisora.
Capitalización:
Valor de las
acciones en
circulación
por su
número.
Casas de
Bolsa:
Intermediarios
autorizados
para
realizar
intermediación
en el
mercado
bursátil. Se
ocupan de
las
siguientes
funciones:
realizar
operaciones
de
compraventa
de valores;
brindar
asesoría a
las empresas
en la
colocación
de valores y
a los
inversionistas
en la
constitución
de sus
carteras;
recibir
fondos por
concepto de
operaciones
con valores,
y realizar
transacciones
con valores
a través de
los sistemas
electrónicos
de la BMV,
por medio de
sus
operadores.
"DIRECTORIO"
Ceplatas:
Certificados
de plata.
Títulos de
crédito
emitidos por
instituciones
bancarias
con respaldo
fiduciario
de 100 onzas
troy
de plata.
Cetes:
Certificados
de la
Tesorería de
la
Federación.
Títulos de
crédito al
portador
emitidos y
liquidados
por el
Gobierno
Federal a su
vencimiento.
Cierre:
Término de
una sesión
bursátil, de
acuerdo con
los horarios
oficiales.
Registro de
las
operaciones
realizadas y
del nivel
alcanzado
por las
cotizaciones
de los
títulos
operados en
la BMV
durante una
sesión.
Centro
Educativo
del Mercado
de Valores:
Dependencia
de la AMIB
que se
encarga de
impartir
cursos de
actualización
para la
industria
bursátil.
Circulares:
disposiciones
emitidas por
la CNBV
CNBV
Comisión
Nacional
Bancaria y
de Valores:
Órgano de la
SHCP, con
autonomía
técnica y
facultades
ejecutivas,
que regula
la operación
de las
bolsas de
valores, el
desempeño de
los
intermediarios
bursátiles y
el depósito
central de
valores. La
CNBV puede
ordenar la
suspensión
de la
cotización
de valores o
intervenir
administrativamente
a los
intermediarios
que no
mantengan
prácticas
sanas de
mercado. Es
la entidad
responsable
de mantener
el Registro
Nacional de
Valores, en
el que se
inscribe
todo valor
negociado en
la BMV.
Colocación
de valores:
Es la venta
efectiva de
activos
financieros,
por la
propia
entidad
emisora, o a
través de
intermediación.
Puede
conceptuarse
también como
la actividad
conducente a
transformar
los
excedentes
de ahorro
invirtiéndolos
en los
diferentes
activos.
Contrato de
Intermediación:
Contrato
suscrito por
un
inversionista
con una casa
de bolsa
mediante el
cual le
otorga la
facultad
para comprar
y vender
valores en
su nombre
Contrato de
Futuro:
Contrato
estandarizado
en plazo,
monto,
cantidad y
calidad,
entre otros,
para comprar
o vender un
activo
subyacente,
a un cierto
precio, cuya
liquidación
se realizará
en una fecha
futura
determinada.
Si en el
contrato de
Futuro se
pacta el
pago por
diferencias,
no se
realizará la
entrega del
activo
subyacente.
De acuerdo
con el
subyacente
es como se
determina el
tipo de
futuro.
Contrato de
Opción:
Contrato
estandarizado,
en el cual
el
comprador,
mediante el
pago de una
prima,
adquiere del
vendedor el
derecho,
pero no la
obligación
de comprar o
vender un
activo
subyacente a
un precio
pactado en
una fecha
futura, y el
vendedor se
obliga a
vender o
comprar,
según
corresponda,
el activo
subyacente
al precio
convenido.
El comprador
puede
ejercer
dicho
derecho,
según se
haya
acordado en
el contrato
respectivo.
Si en el
contrato de
opción se
pacta el
pago por
diferencias,
no se
realizará la
entrega del
activo
subyacente.
Contrato
Forward:
El realizado
por dos
partes que
acuerdan
comprar o
vender un
artículo
específico
en una fecha
futura.
Difiere de
un futuro en
que es
contratado
directamente
entre las
partes, sin
intervención
de una
cámara de
compensación
y sólo puede
realizarse
hasta su
vencimiento.
Compensación:
Se entenderá
por
compensación
el mecanismo
de
determinar
contablemente
los importes
y volúmenes
a
intercambiar
de dinero y
valores
entre las
contrapartes
de una
operación.
La
compensación
la efectúa
electrónicamente
S.D.
Indeval,
lo cual
evita el
intercambio
físico de
los
documentos.
Corretaje:
Actividad de
intermediación
definida por
el Código de
Comercio,
referida a
la compra o
venta de
bienes por
cuenta de
terceros.
CPO:
Certificado
de
Participación
Ordinaria.
Títulos
representativos
del derecho
provisional
sobre los
rendimientos
y otros
beneficios
de títulos o
bienes
integrados
en un
fideicomiso
irrevocable.
Custodia:
Se entenderá
por custodia
el servicio
de guarda
física de
los valores
y/o su
registro
electrónico
en un banco
o en una
institución
para el
depósito de
valores, en
la cual el
banco o el
depósito
(según sea
el caso)
asume la
responsabilidad
por los
valores en
depósito.
CUFIN:
Cuenta de
Utilidad
Fiscal Neta.
Fuente:
Bolsa
Mexicana de
Valores
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