Glosario de Terminos Bancarios
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Valor de referencia para el
crecimiento monetario:
- el
Consejo de Gobierno del
BCE asigna un papel
destacado al dinero a la hora de
instrumentar su política, lo que
presupone un análisis detenido de
los agregados monetarios y de las
entidades de contrapartida, debido a
la información que contienen sobre
la evolución futura de los precios.
Esta importancia del dinero se pone
de manifiesto mediante el anuncio de
un valor de referencia para la tasa
de crecimiento del agregado
monetario M3. Dicho valor se obtiene
de manera que sirva y sea compatible
con la consecución de la definición
de estabilidad de precios formulada
por el Consejo de Gobierno, que se
basa en supuestos a medio plazo
relativos a la tendencia del
crecimiento del
PIB real y a la tendencia
de la velocidad de circulación de
M3. Las desviaciones importantes o
prolongadas del crecimiento de M3
del valor de referencia mostrarían,
en circunstancias normales, los
riesgos para la estabilidad de
precios en el medio plazo. Sin
embargo, el concepto de valor de
referencia no conlleva un compromiso
por parte del Consejo de Gobierno de
corregir automáticamente las
desviaciones del crecimiento de M3
con respecto al valor de referencia.
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Valor de referencia para la
situación fiscal:
- el
Protocolo n° 5 del Tratado sobre el
procedimiento aplicable en caso de
déficit excesivo establece valores
de referencia explícitos para la
ratio de déficit de las
Administraciones Públicas (3% del
PIB) y la ratio de deuda (60% del
PIB) (véase Pacto de Estabilidad y
Crecimiento).
Fuente: Banco de España
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